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Beneficio tributario: ¿Cómo puedo descontar en mi declaración de renta el 1% del valor de las compras realizadas mediante facturas electrónicas?


La declaración de renta para personas naturales en Colombia presenta diversas particularidades, entre las que destaca una reciente deducción especial vinculada al uso de facturación electrónica. A partir de la implementación obligatoria de este sistema, el gobierno colombiano ha promovido incentivos con el fin de fomentar su utilización. Esto se refleja en la posibilidad de deducir un 1% del valor de las adquisiciones realizadas con factura electrónica, conforme a lo estipulado en la Ley 2277 de 2022. En este sentido, es importante entender cómo funciona esta deducción, quiénes pueden beneficiarse y cuáles son los límites establecidos por la normativa. 


La deducción del 1% por factura electrónica constituye un beneficio tributario que permite a las personas naturales, contribuyentes del Impuesto sobre la Renta y Complementarios, descontar de su renta líquida gravable el 1% del valor total de las adquisiciones realizadas mediante el uso de facturas electrónicas. Este incentivo busca, no solo optimizar el cumplimiento tributario, sino también aumentar la transparencia en las transacciones comerciales mediante el uso de este sistema digital. 


Para que los contribuyentes puedan aplicar esta deducción en su declaración de renta, es necesario que las compras o servicios que hayan realizado durante el año fiscal estén respaldados por facturas electrónicas válidas. Es fundamental que las facturas sean emitidas por proveedores que cumplan con los requisitos legales establecidos por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), y que las transacciones sean registradas adecuadamente en el sistema de facturación electrónica del país. El valor deducible se establece en el 1% del total de las adquisiciones efectuadas con este tipo de facturas. 


No obstante, esta deducción está sujeta a un límite máximo de 240 UVT. Para el año 2023, el valor de la Unidad de Valor Tributario (UVT) se ha fijado en $42.412 COP, lo que establece un límite máximo de deducción de aproximadamente $10.178.880 COP. Aunque el 1% del total de las adquisiciones con factura electrónica pueda exceder esta cantidad, la deducción no podrá ser mayor al límite establecido por la normativa vigente. 


Este beneficio está disponible para todas las personas naturales que presenten su declaración de renta en Colombia y que, durante el año fiscal, hayan realizado compras de bienes o servicios respaldadas por facturas electrónicas. Tanto empleados como trabajadores independientes o rentistas de capital pueden acogerse a esta deducción, siempre que cumplan con los requisitos exigidos por la DIAN. 


Para aprovechar este beneficio tributario al máximo, es recomendable tomar en cuenta ciertas medidas: es fundamental solicitar la factura electrónica en todas las compras y servicios adquiridos, asegurándose de que el documento emitido por el proveedor cumpla con los requisitos establecidos en el artículo 617 del Estatuto Tributario. Asimismo, las compras deben ser pagadas por medios electrónicos y es importante evitar incluir en la deducción aquellas facturas que ya hayan sido solicitadas como costo o gasto en la declaración del impuesto sobre la renta. 


Finalmente, es necesario recordar que el plazo para la presentación de las declaraciones de renta correspondientes al año gravable 2023 está por concluir. Aquellos contribuyentes que aún no han presentado su declaración deben tener en cuenta esta deducción, ya que puede representar una oportunidad significativa de ahorro en su obligación tributaria. Revisar las compras realizadas con factura electrónica y aplicar correctamente esta deducción es esencial para maximizar los beneficios fiscales. 


Es oportuno mencionar que, aunque el beneficio actual de la deducción es del 1%, la Ley de Financiamiento en discusión propone un incremento considerable de este porcentaje. De ser aprobadas las modificaciones, el beneficio aumentaría a un 5% en 2026 y a un 3% en 2027, lo que haría aún más atractivo para los contribuyentes exigir facturas electrónicas en sus compras. 


 
 
 

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